Vicinity One SpA
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    Preguntas Frecuentes

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QUIENES Y CUANDO SE PAGAN LOS HONORARIOS AL ASESOR INMOBILIARIO

  • Los honorarios del asesor inmobiliario se acuerdan al momento de la firma de la Orden de Venta en conjunto con el vendedor dueño de la propiedad y con el comprador al momento de la firma de la "Orden de Visita".

    Tanto el vendedor como el comprador, dejarán en custodia del Notario con instrucciones un vale vista por el monto acordado por su asesoría, al momento que cada una de las partes acude a la firma de la "Promesa de Compra Venta."

     

QUE DOCUMENTOS SE NECESITAN PARA INICIAR EL PROCESO

  • El proceso de venta de una propiedad se inicia formalmente con la "Orden de Venta" que debe firmar el dueño o dueños de la misma y en la cual se aceptan las condiciones de la operación, se otorgan poderes para diversas gestiones que realizará el asesor inmobiliario ante la Municipalidad, Administrador de Condominios, Conservador de Bienes Raices, Archivo Judicial, Notarios, Servicio de Impuestos Internos, Serviu u otra.

    Caso especial: cuando se trata de una operación hipotecaria con un banco u otra institución se sugiere que el vendedor y comprador comuniquen formalmente a sus ejecutivos respectivamente la gestión que se encomienda al asesor inmobiliario debidamente identificado, de modo que él pueda monitorear y apoyar el avance en la etapa de recopilación y entrega de los documentos de la propiedad para agilizar el estudio de titulos, la confección de la escritura de compra venta y la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces.

     

     

FOTOS Y FICHA DE LA PROPIEDAD

  • Es muy importante obtener buenas fotos y una ficha técnica general de la propiedad para que el potencial comprador se haga una idea aproximada y llegue bien informado a una visita.

    Recuerde que el potencial comprador tiene derecho a ser bien informado para tomar la mejor decisión de compra.

    Por esto, una vez aceptadas las condiciones de la asesoria inmobiliaria por parte del vendedor y dueño, el asesor visitará la propiedad para conocer en terreno el estado general de la construcción y/o terreno y efectuará las tareas siguientes:

    - Obtener fotos de calidad y en número que permitan mostrar adecuadamente las dependencias de la propiedad.

    - Elaborar la ficha técnica general con los datos que proporcione el dueño y que serán verificables con las escrituras u otros documentos técnicos de la propiedad. Esta información es muy importante para evitar sorpresas al entregar las llaves de la propiedad.

    - Pondrá una letrero con los datos de contacto del asesor inmobiliario. 

ORDEN DE VISITA DE LA PROPIEDAD

  • Es el documento donde un corredor que ha recibido una orden de venta o arriendo, autoriza a visitar un bien raíz y estipula que el visitante se obliga a pagar una comisión en el caso de interesarse y concretarse el negocio.

    El corredor debe explicar claramente al interesado el alcance de este acuerdo.

    La formalidad es que el potencial comprador visite una propiedad CON la presencia del asesor inmobiliario y tener firmada la "Orden de Visita".

    El asesor inmobiliario deberá informar al vendedor las visitas agendadas y personas que irán a su propiedad y contar con su autorización, en especial si se encuentra habitada.

     

QUE ES UN INFORME TECNICO DE LA PROPIEDAD

  • En el caso de propiedades antiguas ubicadas en áreas que han sido afectadas por fenómenos de la naturaleza es recomendable que el vendedor solicite al asesor inmobiliario un informe técnico que consiste en una revisión en detalle de cada dependencia de la propiedad, sus instalaciones, equipos, obras complementarias, mantenciones y otros datos, de manera que el vendedor conozca con detalle el estado de la propiedad en venta y, por su parte, el comprador pueda verificar las condicones en que se encuentra la propiedad que desea comprar.

    Este informe aclara las dudas del vendedor y del comprador y evitará demoras al momento de cierre de la operación de venta.

    Este informe técnico tiene un costo adicional dependiendo de las características de la propiedad.

     

QUE ES LA CARTA OFERTA

  • Cuando el comprador tiene interés real en adquierir uan propiedad deberá completar la "Carta Oferta" o "Carta de Intención" con la asistencia del asesor inmobiliario. Esta etapa es sumanete importante, es clave en el proceso y debe analziarse con deteniemiento para dejar claras y explicitas las condiciones como el monto de la oferta en pesos convertidos a UF, la forma de pago si es contado, con credito u otra, plazo estimado de la operación y entrega de la propiedad, datos del comprador; nombre, rut, domicilio, estado civil, entre otros.

    El asesor inmobiliario debe asistir al comprador en esta etapa de manera de acercar a las partes vendedora y compradora,e n lo posible para llegar a un pronto acuerdo.

    Se contempla un plazo de 48 a 72 horas, días hábiles corridos, para responder la "Carta Oferta".

    Si no fuera posible esta respuesta por ausencia del dueño vendedor de la propiedad, o bien, se produzca un evento fortuito o de fuerza mayor que impida cumplir ese plazo, podrá ampliarse ese plazo.

     

     

     

TASACION DE UNA PROPIEDAD

  • Es un informe suscrito por un profesional competente, y que tiene como objetivo establecer de forma precisa y justificada el valor de un bien, de acuerdo a criterios y pautas previamente establecidos a través del desarrollo de una metodología adecuada al fin propuesto.

    Este informe puede solcitarlo un vendedor en forma previa a decidir al venta de una propiedad.

    Debe tenerse presente que si la compra de una propiedad contempla un crédito hipotecario, la institución financiera seguramente solicitará una tasación a un profesional calificado inscrito en sus registros.

    El costo de esta tasación es de cargo del comprador y debe solicitarlo a su ejecutivo en el banco que le otorgará el crédito.

     

CONTRATO DE PROMESA DE COMPRA VENTA

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    La Promesa de Compraventa de un Inmueble es un contrato preparatorio de utilidad para asegurar la celebración de un contrato futuro, estableciendo por anticipado las condiciones y plazo para celebrarlo. Su regulación legal se encuentra en los artículos del 1674 al 1685 del Código Civil.

    Esta etapa del proceso que es posterior a la aceptación de la "Carta Oferta", se efectúa ante notario y cumple con las solemnidades legales.
     
    Es muy importante que las partes lleguen a esta instancia seguras de su decisión y en especial que ambas partes, vendedora y compradora, cumplirán las condiciones contractuales.
     
    En este contrato se establecen multas para el vendedor y comprador en caso de no cumplimento de las condiciones del contrato de compraventa. Para esto, las partes dejan en Notaria un vale vista por un monto de al menos el 10% del precio de venta convenido, con instrucciones al Notario para su ejecución.
     En este mismo acto, las partes, vendedora y compradora, dejan en Notaría un vale vista cada uno, por el monto de los honorarios del asesor inmobiliario y las instrucciones para su entrega.

INSTRUCCIONES NOTARIALES

  • Las etapas de este proceso tales como: la firma de la "Promesa de Compraventa" y la etapa posterior de la firma de la "Escritura de Compra Venta", es necesario la asistencia del Notario que certifica las solemnidades de estos contratos.

    En cada una de estas etapas, ambas partes, estipulan las instrucciones al Notario para el pago de las multas por incuplimiento de las partes cuando corresponda y para el pago de los honorarios del asesor inmobiliarios, entre otras funciones.

     

ESTUDIO DE TITULOS DE LA PROPIEDAD

  • Etapa clave de todo el proceso de compra venta de bienes inmuebles.

    El asesor inmobiliario debe recopilar rápidamente la información de la parte vendedora, compradora y de la propiedad a enajenar para que los abogados de la parte compradora puedan revisar las escirturas y determinar que no hay inconvenientes para transferir el dominio e inscribirlo en el Conservador de Bienes Raíces a nombre del comprador y liberar al pago a la parte vendedora. 

ESCRITURA DE COMPRA VENTA

  • La Escritura de Compra Venta es la etapa posterior a tener el estudio de títulos aprobado por parte de los abogados de las partes compradora y vendedora.

    Una vez firmadas por ambas partes, vendedor y comprador, se procede a la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces.

    Cumplido ese plazo de solicita el certificado de dominio del bien y se hace la entrega material de la propiedad contra el pago al vendedor por parte del Notario segun las instrucciones previas.

     

EVICCION Y SANEAMIENTO POR EVICCION

  • EVICCION es la perdida o turbación que sufre el adquirente de un bien o de un derecho real sobre el mismo, por vicios de derecho ignorado, anteriores o concomitantes a la adquisición en virtud de un fallo judicial. La palabra evicción procede del latín "evincere" que significa vencer en juicio y consiste en la privación que se hace al comprador por sentencia firme y en virtud de un derecho anterior a la compra de todo, o parte, de la cosa comprada.

    SANEAMIENTO POR EVICION es la obligación que tiene el vendedor de indemnizar daños y perjuicios al comprador si éste es privado de la cosa comprada en todo o en parte por sentencia firme y en virtud de un derecho anterior a la compra.

     

VICIOS REDHIBITORIOS

  • Son vicios redhibitorios los defectos ocultos de la cosa, cuyo dominio, uso o goce se transmitió por título oneroso, existentes al tiempo de la adquisición, que la hagan impropia para su destino, si de tal modo disminuyen el uso de ella que a haberlos conocido el adquirente no la habría adquirido, o habría dado menos por ella.

    La acción redhibitoria es la obligación que tiene el vendedor de responder al comprador de los vicios o defectos ocultos que tuviese la cosa en el momento de la venta.

INSCRIPCION EN CONSERVADOR DE BIENES RAICES

  • Una vez firmada la Escritura de Compra Venta se procede a la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces y dará lugar al certificado de inscripción de dominio a nombre del comprador. 

ACTA DE ENTREGA DE LA PROPIEDAD

  • Al momento de entregar la propiedad al comprador, el asesor inmobiliario revisará con el comprador el check list de la propiedad presentado previo a la firma de la "Carta Oferta".

    Acto seguido hará entrega de las llaves cerrando la operación con la conformidad del comprador y frima en el acta respectiva.

     

     

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